Las empresas en concurso de acreedores aumentan un 5,5% en el segundo trimestre del año

El número de empresas que se declararon en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) en el segundo trimestre de 2017 fue de 1.189, un 5,5% más que en el mismo periodo del año anterior.

Del total de concursos, 1.359 fueron voluntarios y 98 necesarios, mientras que por clase de procedimiento, los ordinarios aumentaron el 8,2 %, y los abreviados, el 3,7 %.

Respecto a la actividad que desarrollaban, el 22,1 % pertenecía al comercio, el 16,4 % a la construcción y el 14,4 % al resto de servicios.

En cuanto al número de asalariados, el 57,3 % de las empresas en concurso contaba con menos de seis empleados, y entre éstas, el 30,5 % no tenía ninguno.

El INE, que también desglosa sus datos en función de la antigüedad de las compañías, concluye que el 22 % había sido constituida hacía 20 años o más, mientras que el 20,1 % tenía menos de cuatro; de estas últimas, el 25,1 % se dedicaba al comercio como principal actividad.

Por su parte, las empresas de mayor trayectoria pertenecían en su mayoría, un 56,5 %, al sector de la industria y la energía así como al comercio.

El reparto geográfico destaca tanto a Cataluña como a la Comunidad de Madrid, que concentraron en el segundo semestre el 41,3 % de los deudores concursados en España, mientras que fue en La Rioja donde se produjo la mayor bajada en términos de variación anual tras caer un 55,6 %; por el contrario, Canarias experimentó el repunte más notable, del 48,1 %.

Tras Cataluña (335) y Madrid (267) se encuentran, por orden, Valencia (175) y Andalucía (146).

Todos se han producido al amparo de la Ley Concursal, aprobada de forma definitiva en mayo de 2015, y que persigue que las empresas que acuden a estos procedimientos y son viables puedan seguir operando, al tiempo que permite a los acreedores cobrar parte de su deuda.

Dicha ley extiende los efectos del convenio general a los acreedores disidentes o que no se hayan sumado a este, incluidos los públicos, siempre que se superen unos determinados porcentajes de adhesión.

Fuente: Expansión.com (http://www.expansion.com/empresas/2017/08/03/5982d1c746163f711f8b4592.html)