Con la entrada en vigor de la Ley 11/2018, se establece la obligación para determinadas empresas de incluir el informe de sostenibilidad. Este informe, además de ser de consulta pública, aporta una imagen de compromiso de la compañía con temas de especial transcendencia como son el medio ambiente, las cuestiones sociales o la gobernanza. El informe de sostenibilidad es la apuesta estratégica y proactiva de las compañías, que les permitirá anticipar riesgos y oportunidades aplicando una visión a largo plazo y aportando valor al conjunto de la sociedad.
Las empresas obligadas son todas aquellas sociedades con más de 250 trabajadores que o bien tengan la consideración de entidades de interés público o bien, durante dos años consecutivos reúnan, a la fecha del cierre de cada uno de ellos, al menos una de las siguientes condiciones:
El Informe de Sostenibilidad debe incluir la información necesaria para comprender la evolución, los resultados, la situación de la sociedad o grupo de sociedades y el impacto en su actividad respecto a cuestiones medioambientales y sociales, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal.
Medioambientales
Sociales y relativas al personal
Respeto de los derechos humanos
Lucha contra la corrupción y el soborno
Sociedad
Respecto a las cuestiones requeridas, detalladas anteriormente, se debe tener en cuenta e informar en función de los siguientes cuatro ejes.
Riesgos
¿Cuáles son los riegos e impactos asociados a cada cuestión y de qué forma se gestionan a corto, medio y largo plazo?
Indicadores clave adecuados a la actividad empresarial
¿Qué indicadores son clave para poder evaluar y realizar un seguimiento de los progresos de la organización?
Políticas
¿Cuáles son las políticas implementadas para gestionar y mitigar los riesgos y/o impacto identificados?
Resultados
¿Cuáles han sido los resultados asociados a la implementación de dichas Políticas?
Tanto el mercado como las Administraciones Públicas se han tomado muy en serio los aspectos relacionados con la información no financiera y diversidad, por lo que elaborar y presentar correctamente el Informe de Sostenibilidad en tiempo y forma (que implica también su verificación por un experto independiente) se ha convertido en un aspecto estratégico y clave para el correcto devenir de las empresas y actúa como pilar básico para asegurar la viabilidad y crecimiento futuro de las mismas.
Beneficios externos:
Ser referente, característica de las empresas líderes
Transparencia para grupos de interés: la transparencia siempre ha resultado ser un buen antídoto para los riesgos
Refuerzo de confianza que se genera frente a terceros
Fiabilidad de la información, al requerir de verificación externa
Beneficios internos:
Motor de mejora en la gestión de riesgos y oportunidades
Mayor valor de la compañía. Poner en valor las iniciativas voluntarias, que superan los requisitos legales lanzados por la empresa
Mejora de la comunicación interna interdepartamental, obteniendo una visión transversal del negocio
Medición de objetivos y seguimiento que se traduce en ayuda a la toma de decisiones
Imposibilidad de inscribir sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil. El hecho de no contar con Cuentas Anuales depositadas en el Registro Mercantil dificulta y/ o impide un correcto desarrollo de la actividad habitual de las compañías, ya que genera problemas en aspectos como el acceso a la financiación, obtención de subvenciones, acceso a licitaciones, comercialización de productos y servicios, etc., donde se exige, como requisito indispensable, disponer de Cuentas Anuales depositadas en el Registro Mercantil
Pérdida de confianza del mercado. Por un lado, los grupos de interés externos (clientes, inversores, etc.) cada vez valoran más que los negocios, además de generar beneficios y rentabilidad, sean sostenibles y socialmente responsables, por lo que la ausencia del Informe de Sostenibilidad puede levantar suspicacias en el mercado en este sentido, no respondiendo a las expectativas de dichos Grupos de Interés, lo que podría causar un daño notable tanto a la marca como a la actividad de la empresa
Por otro lado, en el caso de no elaborar el Informe de Sostenibilidad siendo sujeto obligado implicaría que el auditor de cuentas deje constancia expresa en su informe de auditoría, lo que contribuye a que el mercado ponga en duda la actividad llevada a cabo tanto por la compañía como por sus administradores
Sanciones económicas. La Ley de Sociedades de Capital contempla multas de hasta 300.000 € anuales por irregularidades en el proceso de depósito de las Cuentas Anuales, entre las que se encuentra no depositar el Informe de Sostenibilidad en caso de ser sujeto obligado
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