Fdo. MIGUEL LOMAS ALARCON
Septiembre supone, para muchas empresas, mucho más que la vuelta al trabajo después del verano. Es el momento de revisar objetivos, evaluar la evolución del negocio y comenzar a preparar el último cuatrimestre del ejercicio.
En el ámbito financiero, contable y de auditoría de cuentas, esta planificación resulta especialmente importante. Durante 2026 se han producido cambios normativos, nuevos criterios interpretativos y modificaciones en los modelos de información empresarial que conviene conocer antes de afrontar el cierre.
Algunas novedades ya están plenamente vigentes. Otras se encuentran todavía en tramitación. Y determinadas obligaciones afectan únicamente a empresas o grupos de gran dimensión, aunque sus efectos pueden trasladarse indirectamente a otras organizaciones.
En Auditest repasamos las cuestiones más relevantes y explicamos qué implicaciones pueden tener para empresas, administradores y responsables financieros.
1. Cambios en las normas de auditoría y en el contenido del informe
Una de las principales novedades del año procede de la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 22 de enero de 2026, publicada en el BOE el 30 de enero.
Esta resolución modifica varias Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para España:
- NIA-ES 510: encargos iniciales y saldos de apertura.
- NIA-ES 570: empresa en funcionamiento.
- NIA-ES 600: auditorías de grupos.
- NIA-ES 700: formación de la opinión y emisión del informe.
- NIA-ES 705: opinión modificada.
- NIA-ES 706: párrafos de énfasis y otras cuestiones.
- NIA-ES 710: información comparativa.
- NIA-ES 720: responsabilidades sobre otra información.
Es importante aclarar que esta resolución no supone una modificación integral de todos los procedimientos de auditoría regulados por estas normas. Buena parte de los cambios afecta a la estructura y al contenido de los modelos de informe, que se adaptan a nuevos requerimientos legales.
¿Qué cambia concretamente?
El informe de auditoría debe incorporar, cuando resulte aplicable, información relacionada con la obligación de presentar y publicar un informe relativo al impuesto sobre sociedades o a impuestos de naturaleza similar.
En particular, el auditor debe pronunciarse sobre dos cuestiones:
- Si la entidad auditada estaba obligada a presentar dicho informe en el ejercicio anterior al auditado.
- En caso afirmativo, si el informe se publicó conforme a los requisitos establecidos.
Conviene precisar que no se trata de que todas las empresas auditadas deban preparar un nuevo informe fiscal. La obligación material de elaborar esa información afecta a determinados grupos y entidades de gran dimensión, generalmente vinculados al umbral de 750 millones de euros de cifra de negocios consolidada durante dos ejercicios consecutivos, con las particularidades previstas legalmente para determinadas filiales y sucursales.
Por otra parte, la actuación del auditor no consiste en verificar íntegramente el contenido de ese informe fiscal, sino en comprobar y declarar si existía obligación de presentarlo y, en su caso, si se publicó.
¿Desde cuándo se aplica?
La resolución establece, con carácter general, que las modificaciones se aplican a auditorías de cuentas correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 22 de junio de 2025.
Además, resultan aplicables a los encargos contratados a partir del 1 de enero de 2026, independientemente del ejercicio al que se refieran, con una excepción específica para la obligación de informar sobre el impuesto sobre sociedades, vinculada a ejercicios iniciados desde el 22 de junio de 2025.
En la práctica, esto obliga a revisar cuidadosamente tanto la fecha de inicio del ejercicio auditado como la fecha del nombramiento o contratación.
Consultar la Resolución del ICAC de 22 de enero de 2026 en el BOE.
2. Empresa en funcionamiento: una nueva revisión normativa en preparación
La continuidad empresarial vuelve a situarse en el centro de atención.
Mediante Resolución de 16 de julio de 2026, publicada en el BOE el 7 de agosto, el ICAC ha sometido a información pública la nueva NIA-ES 570 revisada y los cambios relacionados que afectarán a otras normas de auditoría.
Es fundamental diferenciar esta iniciativa de la resolución de enero:
- La modificación aprobada en enero afecta, entre otras cuestiones, a los modelos de informe.
- La resolución de julio plantea una revisión más amplia de la norma sobre empresa en funcionamiento.
- En el momento de redactar este artículo, esta nueva revisión se encuentra en trámite de información pública y todavía no debe presentarse como una norma definitivamente aprobada.
¿Qué significa esto para las empresas?
Aunque la nueva regulación esté pendiente de aprobación definitiva, la evaluación de la continuidad empresarial ya es una cuestión esencial dentro de cualquier auditoría empresa.
Las empresas deberían prestar especial atención a:
- La evolución de su tesorería.
- La capacidad para atender deudas y compromisos financieros.
- Los vencimientos de préstamos y pólizas de crédito.
- La dependencia de financiación de socios o entidades vinculadas.
- La existencia de pérdidas recurrentes.
- La concentración de clientes o ingresos.
- Los litigios, contingencias y reclamaciones relevantes.
- Los planes de negocio y previsiones financieras.
Cuando existen tensiones financieras, esperar al cierre del ejercicio para analizar la situación suele complicar tanto la gestión de la empresa como el trabajo de auditoría.
Disponer de presupuestos realistas, previsiones de tesorería documentadas y planes de actuación permite identificar riesgos con antelación y valorar adecuadamente su impacto en las cuentas anuales.
Una posible incertidumbre sobre la continuidad empresarial no implica necesariamente que la empresa vaya a cesar su actividad. Lo relevante es determinar si existe una base razonable para continuar operando y si las circunstancias significativas se explican adecuadamente en la información financiera.
Consultar el proyecto de revisión de la NIA-ES 570 publicado en el BOE.
3. Auditoría de pymes: el ICAC aclara el concepto de entidad menos compleja
Una de las novedades más interesantes para pequeñas y medianas empresas aparece en una consulta publicada por el ICAC en el BOICAC 146.
La cuestión analizada es cómo debe interpretarse el concepto de entidad menos compleja a efectos de aplicar las normas de auditoría.
El ICAC aclara que esta condición no depende automáticamente de la facturación, del número de empleados o del tamaño formal de la empresa.
Una entidad puede ser pequeña y, sin embargo, presentar una elevada complejidad. También puede ocurrir lo contrario: una empresa de mayor dimensión puede tener operaciones relativamente sencillas.
Para valorar la complejidad deben considerarse aspectos como:
- La estructura de propiedad y dirección.
- El número de líneas de actividad.
- La naturaleza de las operaciones realizadas.
- La sencillez o complejidad de la contabilidad.
- El funcionamiento del control interno.
- La estructura organizativa.
- Los riesgos específicos de la actividad.
- Las circunstancias concretas del encargo.
La conclusión es especialmente relevante: la auditoría de cuentas debe adaptarse a la realidad de cada empresa, pero esa adaptación debe responder a un análisis profesional documentado.
No significa que exista una auditoría menos rigurosa para las pymes. Significa que una buena planificación debe evitar aplicar procedimientos de forma mecánica y concentrar los esfuerzos en los riesgos realmente relevantes.
Desde la perspectiva del cliente, esto se traduce en trabajos mejor dimensionados, solicitudes de información más razonables y una relación más eficiente entre el esfuerzo dedicado y los riesgos existentes.
Consultar el criterio del ICAC sobre entidades menos complejas.
4. Nuevos modelos para el depósito de cuentas anuales
En mayo de 2026 también se aprobaron modificaciones en los modelos de presentación de cuentas anuales individuales y consolidadas ante el Registro Mercantil.
Aunque estos cambios no tienen el mismo impacto en todas las empresas, conviene conocerlos para evitar incidencias formales y revisar adecuadamente la documentación de cierre.
Utilización del CNAE-2025
Los nuevos modelos eliminan las referencias al CNAE-2009 y utilizan exclusivamente la clasificación CNAE-2025.
Por ello, es importante comprobar que la actividad declarada y los datos identificativos de la sociedad se encuentran correctamente actualizados.
Información sobre el impuesto complementario
Para grupos multinacionales y grupos nacionales de gran dimensión, los modelos incorporan cambios relacionados con la información que debe incluirse en la memoria sobre el impuesto complementario y determinadas reglas vinculadas a la imposición mínima global.
Esta cuestión afecta especialmente a organizaciones con estructuras complejas y requiere coordinación entre los responsables financieros, fiscales y contables.
Información fiscal país por país
Los modelos también incorporan la posibilidad de presentar el informe público relativo al impuesto sobre sociedades por países en los supuestos legalmente previstos.
De nuevo, es importante evitar interpretaciones incorrectas: esta obligación no se extiende a todas las pymes ni a todas las empresas auditadas.
Afecta a determinadas sociedades y grupos de gran dimensión y puede presentar particularidades cuando existen matrices extranjeras, filiales españolas o varias sucursales pertenecientes a un mismo grupo.
El ICAC ha publicado, además, consultas específicas para aclarar cómo debe gestionarse esta obligación cuando intervienen entidades de distintos países.
Consultar los nuevos modelos de cuentas anuales individuales.
Consultar los nuevos modelos de cuentas anuales consolidadas.
5. Nuevos criterios contables del ICAC que pueden afectar al cierre
Durante 2026, el ICAC ha publicado nuevas consultas que ayudan a interpretar operaciones frecuentes y cuestiones relevantes para la formulación de cuentas anuales.
Entre los asuntos analizados destacan:
- El cálculo del periodo medio de pago a proveedores.
- Las aportaciones no dinerarias a sociedades holding.
- La contabilización de determinadas operaciones inmobiliarias.
- El tratamiento de muestras comerciales y gastos promocionales.
- La formulación de información no financiera en entidades de nueva creación.
- La publicación de información fiscal en grupos internacionales.
Uno de los criterios especialmente relevantes para muchas empresas se refiere al periodo medio de pago a proveedores.
El ICAC recuerda que, con carácter general, el cómputo debe comenzar desde la recepción de las mercancías o la prestación de los servicios. La fecha de recepción de la factura no puede utilizarse automáticamente como fecha inicial, salvo en los supuestos contemplados expresamente por la normativa.
Este tipo de aclaraciones tiene consecuencias prácticas: una metodología incorrecta puede afectar a la información incluida en la memoria y a la fiabilidad de los datos utilizados por la empresa.
La recomendación es clara: antes del cierre, conviene revisar aquellas operaciones o indicadores cuya contabilización presente dudas y contrastarlos con los criterios más recientes publicados por el ICAC.
Consultar las consultas contables publicadas por el ICAC.
Consultar el criterio específico sobre el periodo medio de pago a proveedores.
6. Sostenibilidad: cambios en las obligaciones y nuevas oportunidades para las pymes
La información sobre sostenibilidad continúa evolucionando, aunque el marco europeo está experimentando un proceso de simplificación.
La Directiva (UE) 2026/470 modifica determinados requisitos relacionados con la información empresarial sobre sostenibilidad y con su verificación.
Entre otras cuestiones, redefine el perímetro de empresas que deben asumir determinadas obligaciones de información y refuerza la importancia de modelos voluntarios para organizaciones de menor tamaño.
El nuevo marco europeo se orienta a concentrar determinadas obligaciones en empresas y grupos de mayor dimensión, considerando umbrales como una cifra de negocios superior a 450 millones de euros y una plantilla media superior a 1.000 trabajadores.
No obstante, estos criterios deben analizarse junto con la normativa nacional aplicable y el proceso de transposición. La publicación de una directiva europea no significa, por sí sola, que desaparezcan automáticamente todas las obligaciones actualmente vigentes en España.
¿Por qué debería interesar a una pyme?
Aunque una empresa no esté directamente obligada a elaborar información de sostenibilidad, puede recibir solicitudes de:
- Entidades financieras.
- Grandes clientes.
- Inversores.
- Administraciones públicas.
- Empresas que forman parte de su cadena de suministro.
En estas situaciones, disponer de información ordenada sobre consumo energético, emisiones, políticas laborales o gestión de riesgos puede facilitar el acceso a financiación y mejorar la posición comercial de la empresa.
El propio ICAC ha publicado en 2026 un estudio específico sobre la información de sostenibilidad en las pymes españolas y las posibilidades de la norma voluntaria de sostenibilidad.
La clave no consiste en generar informes innecesarios, sino en identificar qué información resulta realmente útil y proporcionada para cada organización.
Consultar la Directiva (UE) 2026/470.
Consultar el estudio del ICAC sobre sostenibilidad en pymes.
7. Un sector que crece, pero necesita nuevos profesionales
La transformación de la auditoría no se limita a las normas.
Los últimos datos publicados por el ICAC reflejan que durante 2025 se emitieron 75.676 trabajos e informes de auditoría, frente a los 72.723 del ejercicio anterior.
Esto supone un incremento aproximado del 4,1 % en un solo año.
También resulta significativo que aproximadamente el 26 % de los trabajos correspondiera a auditorías voluntarias, lo que demuestra que muchas empresas recurren a la revisión independiente de su información financiera incluso cuando no existe una obligación legal directa.
Sin embargo, el crecimiento de la actividad convive con un reto estructural: a finales de 2025 había 3.498 auditores de cuentas ejercientes, frente a los 3.651 registrados dos años antes.
La profesión necesita atraer talento, impulsar la formación y facilitar la incorporación de nuevos profesionales capaces de combinar conocimientos técnicos, habilidades analíticas y competencias tecnológicas.
La convocatoria del examen de acceso al ROAC durante 2026 forma parte de ese proceso de renovación profesional.
En Auditest entendemos que la formación y el desarrollo del talento no son cuestiones accesorias: son factores esenciales para mantener la calidad del servicio y responder a las necesidades futuras de nuestros clientes.
Por ello, iniciativas como la colaboración con la Universidad Loyola y la participación en la formación de futuros auditores representan una apuesta por la continuidad y el fortalecimiento de la profesión.
Consultar el informe del ICAC sobre la situación de la auditoría.
Consultar la convocatoria del examen ROAC 2026.
8. Tecnología y análisis de datos: una transformación que continúa
Junto a los cambios normativos, la tecnología sigue modificando la forma de planificar y ejecutar los trabajos de auditoría empresa tras empresa.
La integración con sistemas de gestión, la automatización de tareas repetitivas y el análisis de grandes volúmenes de información permiten desarrollar procedimientos más eficientes y mejorar la identificación de riesgos.
Entre sus principales ventajas destacan:
- Reducir solicitudes de información duplicadas.
- Analizar un mayor volumen de operaciones.
- Identificar movimientos inusuales o inconsistencias.
- Mejorar la coordinación entre la empresa y el equipo auditor.
- Optimizar los tiempos de ejecución.
- Facilitar el seguimiento de incidencias.
- Reforzar la trazabilidad de la documentación.
Sin embargo, conviene recordar que ninguna herramienta sustituye los elementos esenciales de una auditoría: independencia, escepticismo profesional, conocimiento del negocio y juicio técnico.
La tecnología aporta valor cuando se utiliza para mejorar el trabajo profesional y reducir cargas innecesarias para el cliente, no cuando se presenta como una solución automática para todos los problemas.
En Auditest mantenemos una apuesta constante por la actualización tecnológica y por la mejora de nuestros procesos, entendiendo que la innovación debe traducirse en servicios más eficientes, mejor organizados y adaptados a la realidad de cada empresa.
¿Qué debería revisar tu empresa durante el último cuatrimestre?
La vuelta a la actividad después del verano es un buen momento para plantearse algunas preguntas:
- ¿Está correctamente identificada la obligación de auditar las cuentas del ejercicio?
- ¿Se ha designado auditor con la antelación necesaria, cuando corresponde?
- ¿Existen operaciones relevantes que convenga analizar antes del cierre?
- ¿Están actualizados los modelos de información y los datos identificativos de la empresa?
- ¿Se han revisado la tesorería, los vencimientos financieros y la continuidad del negocio?
- ¿Hay subvenciones pendientes de justificar o informes específicos que deban prepararse?
- ¿La empresa forma parte de un grupo que puede verse afectado por nuevas obligaciones de información?
- ¿Se están recibiendo solicitudes de información sobre sostenibilidad por parte de bancos o clientes?
- ¿La documentación contable y financiera se encuentra organizada?
- ¿Existe una planificación clara entre la empresa y sus auditores de cuentas?
Responder a estas cuestiones con tiempo permite evitar incidencias, distribuir mejor el trabajo y afrontar el cierre con mayor tranquilidad.
Anticiparse es la mejor forma de proteger la información financiera
Las novedades de 2026 confirman una tendencia clara: la auditoría de cuentas es cada vez más exigente, más especializada y más vinculada a la realidad concreta de cada empresa.
Cambian los informes, evolucionan los criterios contables, aumenta la importancia de la continuidad empresarial y aparecen nuevas necesidades de información fiscal y de sostenibilidad.
Pero hay un principio que no cambia: las decisiones empresariales son más seguras cuando se apoyan en información fiable, una planificación adecuada y el acompañamiento de profesionales independientes.
En Auditest ayudamos a empresas, grupos empresariales y entidades de diferentes sectores a anticipar riesgos, organizar sus procesos de revisión y afrontar sus obligaciones financieras con rigor, cercanía y visión práctica.
Si quieres conocer cómo pueden afectar estas novedades a tu auditoría empresa o necesitas planificar la auditoría del ejercicio 2026, nuestro equipo de auditores de cuentas puede ayudarte a analizar tu situación.