4 errores frecuentes que las empresas deben evitar para cumplir con el registro horario correctamente

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Las empresas están obligadas desde hace más de tres meses a registrar la jornada de sus trabajadores.

Tuvieron hasta el 12 de mayo para adaptarse a la norma, que entró en vigor justo un mes antes (a través del real decreto ley 8/2019). La aplicación de la norma genera muchas dudas todavía hoy, y su incumplimiento puede suponer sanciones de la Inspección de Trabajo de entre 626 euros y 6.250 euros. ¿Cómo evitarlas?

  • Descontar periodos de descanso y pausas sin haberlas reflejado

Uno de los puntos más polémicos (y más criticados) de la normativa del registro horario es que no exige expresamente que se reflejen las interrupciones o pausas entre el inicio y la finalización de la jornada diaria.

  • Informes poco claros o confusos

En todo caso, conviene el método utilizado en la empresa para registrar las horas que trabajan sus empleados ofrezca una «visión adecuada y completa» del tiempo de trabajo efectivo, tal y como recuerda la compañía.

  • Los registros se deben guardar

Asimismo, no se debe olvidar que la empresa está obligada a conservar durante al menos cuatro años los registros de las jornadas trabajadas.

  • No facilitar los informes a los empleados

Los registros horarios deben «permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social». Por tanto, la empresa no puede rechazar el acceso a estos a sus empleados en ningún momento.

Fuente: El Economista.